¿Todos los vehículos tienen pico y placa?
No. En Bogotá hay varias excepciones a la restricción de pico y placa. Si tu vehículo entra en alguna de estas categorías, puedes circular sin importar el último dígito de la placa ni el día.
Vehículos exentos del pico y placa
- Vehículos 100% eléctricos o de cero emisiones: pueden acceder a la excepción; confirma que la placa figure con inscripción vigente ante la SDM.
- Vehículos híbridos: pueden acceder si cumplen la tecnología y los requisitos definidos por la norma y tienen inscripción vigente ante la SDM.
- Motocicletas: la medida de pico y placa para particulares no aplica a las motos.
- Vehículos de personas con discapacidad debidamente acreditados ante la autoridad.
- Vehículos de emergencia: ambulancias, bomberos, organismos de socorro.
- Vehículos de Fuerzas Militares, Policía, organismos de seguridad del Estado y CTI, bajo las condiciones de la norma.
- Caravana presidencial, vehículos diplomáticos o consulares y las demás categorías expresamente contempladas en el artículo 230 del Decreto 652 de 2025.
Varias excepciones requieren inscripción previa y vigente. La lista y sus requisitos pueden actualizarse; comprueba tu placa en el canal oficial antes de circular.
¿Y si mi vehículo no está exento?
Si tu carro particular sí tiene restricción, recuerda las reglas vigentes 2026:
- Días de fecha PAR: restricción para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Días de fecha IMPAR: restricción para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Horario: lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 9:00 p.m.
- Sábados, domingos y festivos: sin restricción.
Si necesitas circular un día restringido, puedes adquirir el Pico y Placa Solidario en el canal oficial, o consultar tu día en nuestro calendario mensual.
Fuente y aclaración
La información se basa en la normativa vigente de la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá. Este es un portal informativo independiente, no una entidad oficial. Para trámites, consulta movilidadbogota.gov.co.



